A partir de hoy, tiendas tienen prohibido exhibir cigarros

Contraportada // Redacción

A partir del 15 de enero, los fumadores en el país tendrán que sujetarse a las nuevas normativas de la Ley General para el Control del Tabaco.

Tiendas de conveniencia, abarrotes o supermercados ya no podrán exhibir en sus anaqueles las cajetillas de cigarros ni productos de tabaco. Ahora la venta se realizará a través de una lista textual y escrita de los productos con sus precios, sin logotipos, marcas o sellos.

Además de los lugares que ya no se permitía fumar, el nuevo reglamento agregó los siguientes:

  • Cualquier lugar de trabajo.
  • Parques públicos.
  • Plazas públicas.
  • Playas.
  • Estadios.
  • Centros de espectáculos y entretenimiento (conciertos).
  • Patios.
  • Terrazas.
  • Balcones.
  • Transporte público.
  • Escuelas de todos los niveles educativos, incluso en universidades.
  • Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas.
  • Paraderos de transporte público.
  • En lugares destinados para hospedaje, en habitaciones y lugares comunes.
  • Parques de diversiones.
  • Centros deportivos.
  • Todos los espacios donde se encuentren niños o adolescentes.

Según la Ley General para el Control del Tabaco las violaciones a las normativas serían sancionadas con una multa o arresto por hasta 36 horas.

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