A partir de hoy, tiendas tienen prohibido exhibir cigarros
Contraportada // Redacción
A partir del 15 de enero, los fumadores en el país tendrán que sujetarse a las nuevas normativas de la Ley General para el Control del Tabaco.
Tiendas de conveniencia, abarrotes o supermercados ya no podrán exhibir en sus anaqueles las cajetillas de cigarros ni productos de tabaco. Ahora la venta se realizará a través de una lista textual y escrita de los productos con sus precios, sin logotipos, marcas o sellos.
Además de los lugares que ya no se permitía fumar, el nuevo reglamento agregó los siguientes:
- Cualquier lugar de trabajo.
- Parques públicos.
- Plazas públicas.
- Playas.
- Estadios.
- Centros de espectáculos y entretenimiento (conciertos).
- Patios.
- Terrazas.
- Balcones.
- Transporte público.
- Escuelas de todos los niveles educativos, incluso en universidades.
- Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas.
- Paraderos de transporte público.
- En lugares destinados para hospedaje, en habitaciones y lugares comunes.
- Parques de diversiones.
- Centros deportivos.
- Todos los espacios donde se encuentren niños o adolescentes.
Según la Ley General para el Control del Tabaco las violaciones a las normativas serían sancionadas con una multa o arresto por hasta 36 horas.