Pide PT que se reconozca el teletrabajo
Contraportada // Redacción
El Grupo Legislativo del Partido del Trabajo presentó una Iniciativa de Reforma a la Ley del Servicio Civil en materia de teletrabajo.
Lo anterior con el propósito de homologar la Ley del Servicio Civil, que regula el trabajo burocrático, con la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo para incorporar el teletrabajo, el cual se define como el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre ambas partes.
El coordinador de la bancada del PT, Asael Sepúlveda, explicó que entre los beneficios de esta iniciativa se contemplaría al trabajador en modalidad de teletrabajo; Se define qué se entiende por teletrabajo; Se contempla el teletrabajo para los contratos colectivos; Se contempla que debe respetarse la voluntad de las partes; Se establece el derecho a la reversibilidad para volver a trabajo presencial. Se establece la obligación del patrón de dotar de insumos de trabajo, pago de servicios en el domicilio y mecanismos de contacto y supervisión.
No se considerará teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional y esporádica.
Cuando el trabajador preste sus servicios bajo la modalidad de teletrabajo, el Gobierno y los Municipios, deberán proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.
Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.
Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad, ademas deberá respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral.