Ordena la Suprema Corte seguro a empleadas domésticas

Contraportada // Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que las trabajadoras domésticas no estén sujetas al régimen obligatorio del Seguro Social.

La Segunda Sala de la Corte falló contra el artículo 13 fracción segunda de la Ley del Seguro Social, que ubica a las trabajadoras del hogar en el régimen voluntario, y en la práctica ha llevado a que no tengan acceso a ese beneficio.

Según la sentencia, presentada por el ministro Alberto Pérez Dayán, no hay justificación constitucional para excluir a estas trabajadoras del régimen obligatorio, por lo que se violan los derechos de no discriminación y acceso a la seguridad social.

“No sólo la exclusión del régimen obligatorio del seguro social comporta una actuación discriminatoria que perpetua y fortalece la marginación social de las mujeres que se dedican al hogar, sino que además, esa violación no puede ser superada simplemente porque dichas trabajadoras puedan acceder al régimen voluntario”, afirma el fallo.

También incluye recomendaciones y sugerencias al gobierno y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para favorecer la generalización del seguro social para este sector, que califica de vulnerable.

Dichas recomendaciones incluyen que el IMSS instrumente, durante 18 meses, un programa piloto “de fácil implementación para los patrones”, y luego proponga al Congreso reformas legislativas.

Este martes, la diputada Lorena Villavicencio Ayala, de Morena, presentó una iniciativa para derogar el artículo 13 fracción segunda de la Ley del Seguro Social, mientras que senadores de varios partidos también difundieron una iniciativa para derechos de las empleadas domésticas en la Ley Federal del Trabajo.

Hasta ahora, México no ha ratificado el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el que los países firmantes se comprometen a que “los trabajadores domésticos disfruten de condiciones no menos favorables que las condiciones aplicables a los trabajadores en general con respecto a la protección de la seguridad social”.

Ninguna de las iniciativas menciona si el IMSS tendrá la capacidad administrativa para vigilar que decenas o cientos de miles de patrones que emplean trabajo doméstico de manera informal, cumplan con el pago de cuotas y obras obligaciones propias del régimen obligatorio.

 

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